Ante la proximidad de las celebraciones de Fiestas Patrias, la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social y la Dirección del Trabajo recordaron que los días 18 y 19 de septiembre corresponden a feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores y trabajadoras del comercio, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°19.973.

La normativa establece que el descanso deberá comenzar, a más tardar, a las 21:00 horas del miércoles 17 de septiembre, y finalizar a las 06:00 horas del sábado 20 de septiembre, salvo las adecuaciones horarias que correspondan cuando se trate de trabajadores que cumplen turnos rotativos.

El seremi del Trabajo y Previsión Social de La Araucanía, Juan Pablo Carrasco Vergara, destacó la importancia de que empleadores y trabajadores conozcan y respeten esta normativa. “En estas Fiestas Patrias queremos que las familias puedan celebrar y que los trabajadores del comercio también tengan la posibilidad de disfrutar estos días junto a sus seres queridos.

Los días 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables, por lo que hacemos un llamado a empleadores y trabajadores a informarse y cumplir con la normativa laboral. Desde el Gobierno del

Fuente original: Alerta Noticias Temuco

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